Términos y condiciones

En los siguientes términos y condiciones de venta (Condiciones) La referencia al Vendedor se refiere a Reversing Made Easy Ltd t/a TrafficAngel (registrada en Inglaterra con el número de empresa: 5016656). El Comprador se refiere a la persona, firma o empresa, que actúa también en nombre y representación de sus empresas afiliadas, que compra Productos al Vendedor. La referencia a Productos se refiere a los productos pedidos por el Comprador y suministrados al mismo. El Pedido se refiere al pedido de Productos del Comprador, tal como se establece en la orden de compra del Comprador.

A menos que un director o gerente autorizado del Vendedor acuerde lo contrario por escrito, estas Condiciones se aplicarán a todos y cada uno de los Pedidos de Bienes realizados por el Comprador al Vendedor.

  1. ACEPTACIÓN DE PEDIDOS

1.1 Las cotizaciones son válidas por 30 días a partir de la fecha en que son emitidas por el Vendedor, a menos que se indique lo contrario, y no representan ninguna obligación hasta que el Vendedor acepte el Pedido de acuerdo con la cláusula 1.2.

1.2 El pedido del Comprador constituye una oferta del Comprador para comprar Bienes de conformidad con estas Condiciones. El pedido solo se considerará aceptado cuando el Vendedor emita su aceptación escrita o verbal.Confirmación de pedido), momento en el que se concluye el contrato entre el Comprador y el Vendedor para la compraventa de los Bienes de conformidad con estas Condiciones (Contrato) llegará a existir.

1.3 Es responsabilidad del Comprador determinar la idoneidad de los Bienes para la aplicación y que cualquier especificación aplicable sea completa y precisa. Es responsabilidad del Comprador asegurarse de que los Bienes cumplan con todos los estándares de productos específicos para la aplicación.

1.4 Estas Condiciones se aplican a cualquier Contrato entre el Comprador y el Vendedor, con exclusión de cualquier otro término que el Comprador busque imponer o incorporar (incluyendo, pero sin limitarse a, cualquier disposición sobre penalidades o daños liquidados) o que estén implícitos en el comercio, la costumbre, la práctica o el curso del trato.

1.5 Todos los pedidos deben contener información suficiente para permitir al Vendedor suministrar los Bienes requeridos.

1.6 Las muestras, dibujos, descripciones y publicidades elaboradas por el Vendedor se realizan con el único fin de dar una idea aproximada de los Bienes descritos en ellos. No forman parte del Contrato entre el Vendedor y el Comprador.

1.7 El Contrato constituye el acuerdo completo entre las partes. El Comprador reconoce que no se ha basado en ninguna declaración, promesa o representación hecha o dada por o en nombre del Vendedor que no esté contenida en el Contrato.

  1. PRECIOS

2.1 Los precios contenidos en las cotizaciones emitidas [y en la Confirmación de Pedido] no incluyen los costos de transporte, seguros ni ningún otro impuesto, derecho, tasa o tasación sobre ventas, uso, consumo u otros impuestos impuestos por cualquier jurisdicción, que, cuando corresponda, serán cobrados en forma adicional por el Vendedor. El Comprador pagará todos los impuestos aplicables, a menos que proporcione al Vendedor los certificados de exención de impuestos correspondientes.

2.2 Todos los precios y demás términos están sujetos a corrección por errores tipográficos o administrativos.

2.3 El Vendedor se reserva el derecho de realizar un cargo adicional por:

(a) embalaje y entrega; y

(b) preparación de la documentación de liberación formal y de los Certificados de Conformidad de los Bienes.

2.4 Los precios están sujetos a cambios por parte del Vendedor en cualquier momento, incluso, entre otros, cuando el Comprador y/o el Vendedor indiquen un precio incorrecto en el Pedido. Los cambios de precio entrarán en vigor en la fecha indicada para dicho cambio de precio en una notificación por escrito al Comprador.

2.5 El Vendedor también podrá, mediante aviso al Comprador en cualquier momento hasta 10 días antes de la entrega, aumentar el precio de los Bienes para reflejar cualquier aumento en el costo de los Bienes que se deba a:

(a) cualquier factor fuera del control del Vendedor (incluidas fluctuaciones cambiarias, aumentos en impuestos y aranceles y aumentos en los costos de mano de obra, materiales y fabricación);

(b) cualquier solicitud del Comprador para cambiar la fecha de entrega, las cantidades o los tipos de Bienes, o la especificación;

(c) cualquier retraso causado por las instrucciones del Comprador o por la falta de éste de proporcionar al Vendedor información o instrucciones adecuadas.

  1. ENTREGA

3.1 Los productos se entregarán en la dirección especificada en el Pedido o en cualquier otro lugar que las partes puedan acordar (Lugar de entrega). Las fechas de entrega se dan de buena fe y el Vendedor hará todo lo posible por cumplirlas, pero no se acepta ninguna responsabilidad por el incumplimiento de la entrega en una fecha específica o dentro de un período específico. El tiempo de entrega no es esencial.

3.2 El Comprador acepta que cualquier demora en la entrega o la falta de entrega de los productos en las fechas especificadas no será motivo para que el Comprador rescinda o se niegue a cumplir con alguna de las disposiciones del Contrato o de estas Condiciones. La entrega se completará cuando los Bienes lleguen al Lugar de Entrega (Entrega).

3.3 El Vendedor podrá entregar los Bienes en cuotas que podrán facturarse y pagarse por separado.

3.4 Es responsabilidad del Comprador verificar que los Bienes recibidos sean correctos y de la cantidad correcta en el momento de la Entrega. La notificación de pedidos incorrectos o con entregas insuficientes debe recibirse dentro de los tres días hábiles siguientes a la entrega ya sea por correo electrónico ventas@trafficangel.co.uk o por teléfono al +44 (0)1825 768555, de lo contrario se considerará que el Comprador ha aceptado los Bienes entregados.

3.5 Si el Comprador no recibe la Mercancía, la Entrega se considerará completada a las 9:00 a. m. del tercer día hábil después de la llegada de la Mercancía al Lugar de Entrega. El Vendedor almacenará la Mercancía hasta que se realice la Entrega y cobrará al Comprador todos los costos y gastos relacionados (incluido el seguro).

3.6 Si el Vendedor no entrega los Bienes, su responsabilidad se limitará al costo y los gastos incurridos por el Comprador para obtener bienes de reemplazo de descripción y calidad similares en el mercado más barato disponible, menos el precio de los Bienes.

3.7 El Vendedor no tendrá responsabilidad por ningún retraso o cualquier falta de entrega de los Bienes en la medida en que dicho retraso o falta de entrega sea causado por un Evento de Fuerza Mayor o por la falta del Comprador de proporcionar al Vendedor instrucciones de entrega adecuadas o cualquier otra instrucción que sea relevante para el suministro de los Bienes.

  1. FACTURACIÓN Y PAGO

4.1 El Vendedor deberá facturar al Comprador los Bienes en el momento o en cualquier momento después de la Entrega de dichos Bienes o la cuota correspondiente o en otros términos expresamente acordados entre el Vendedor y el Comprador.

4.2 El pago por parte de los Compradores con cuentas de libro mayor establecidas deberá realizarse dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de la factura. El pago por parte de todos los demás Compradores deberá realizarse en efectivo al realizar el Pedido. El momento del pago es esencial.

4.3 El Vendedor se reserva el derecho de cambiar, limitar el monto o retirar cualquier crédito otorgado al Comprador en cualquier momento.

4.4 El pago puntual de todas las facturas es una condición previa para futuras entregas. El pago deberá realizarse en la moneda que figura en la factura o mediante transferencia telegráfica (T.T.) a menos que se indique lo contrario.

4.5 El pago de las Mercancías retenidas por el Vendedor a solicitud del Comprador durante más de 7 días y que de otro modo habrían sido enviadas vencerá dentro de los 30 días a partir de la fecha en que se realizó la solicitud.

4.6 Si el Comprador no realiza el pago debido al Vendedor según el Contrato antes de la fecha de vencimiento del pago (fecha de vencimiento) En tal caso, el Comprador deberá pagar intereses sobre el monto vencido a una tasa de 4% por año por encima de la tasa base vigente del HSBC Bank plc o 6% por año, la que sea mayor. Dichos intereses se acumularán diariamente desde la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago efectivo del monto vencido. El Comprador deberá pagar los intereses junto con el monto vencido.

4.7 El Comprador deberá pagar todas las sumas adeudadas en virtud del Contrato sin ninguna deducción o retención, salvo lo requerido por la ley, y el Comprador no tendrá derecho a ninguna compensación, crédito o contrademanda contra el Vendedor para justificar la retención del pago de cualquier monto total o parcial.

  1. DESCRIPCIÓN E INFORMACIÓN TÉCNICA

5.1 El Vendedor se reserva el derecho de realizar sin previo aviso cualquier modificación, mejora o alteración a los Bienes descritos en la literatura y/o sitios web o especificaciones del Vendedor, siempre que dichas modificaciones, mejoras o alteraciones cumplan con los parámetros suministrados por el Vendedor al Comprador.

5.2 El Vendedor hará todo lo posible para garantizar la exactitud de los datos técnicos y la literatura relacionada con los productos, pero no acepta ninguna responsabilidad por errores tipográficos o administrativos.

  1. ESPECIFICACIÓN

En la medida en que los bienes se fabriquen de acuerdo con una especificación proporcionada por el Comprador, el Comprador deberá indemnizar al Vendedor por todas las responsabilidades, costos, gastos, daños y pérdidas sufridos o incurridos por el Vendedor en relación con cualquier reclamo realizado contra el Vendedor por infracción real de los derechos de propiedad intelectual de terceros que surjan de o en relación con el uso de dicha especificación por parte del Vendedor.

  1. CANCELACIÓN

No se aceptará la cancelación de pedidos a menos que se notifique al Vendedor por escrito al menos siete (7) días antes de la fecha de envío. Este período puede extenderse según las instrucciones del Vendedor y se especificará en la cotización del Vendedor, en relación con pedidos personalizados o importantes. Si el Comprador modifica o cancela un Pedido, su responsabilidad ante el Proveedor se limitará al pago al Proveedor de todos los costos incurridos por el Proveedor para cumplir con el Pedido hasta la fecha de modificación o cancelación.

  1. TÍTULO Y RIESGO

8.1 El riesgo de los Bienes pasará al Comprador en el momento de la Entrega.

8.2 El título de propiedad de los Bienes no pasará al Comprador hasta que el Proveedor haya recibido el pago total (en efectivo o fondos compensados) por:

(a) los Bienes;

(b) cualquier otro bien que el Vendedor haya suministrado al Comprador y respecto del cual se haya vencido el pago.

8.3 Hasta que el título de propiedad de los Bienes haya pasado al Comprador, el Comprador deberá:

(a) conservar los Bienes y todos los artículos que incorporan los Bienes en calidad fiduciaria como depositario del Vendedor;

(b) almacenar los Bienes por separado de todos los demás bienes en poder del Comprador de modo que permanezcan fácilmente identificables como propiedad del Comprador;

(c) no quitar, desfigurar u ocultar ninguna marca de identificación o embalaje en los Bienes o relacionado con ellos;

(d) en caso de venta de los Bienes por parte del Comprador, conservar el producto de la venta de forma que pueda identificarse como propiedad del Vendedor;

(e) mantener los Bienes en condiciones satisfactorias y mantenerlos asegurados contra todos los riesgos por su precio total a partir de la fecha de entrega; y

(f) notificar al Vendedor si se encuentra sujeto a cualquiera de los eventos enumerados en la cláusula 12.2,

pero el Comprador tendrá derecho a revender o utilizar los bienes en el curso normal de sus negocios.

8.4 Si antes de que el título de propiedad de los Bienes pase al Vendedor, el Comprador queda sujeto a cualquiera de los eventos enumerados en la cláusula 12.2, o el Vendedor cree razonablemente que dicho evento está a punto de suceder, el Vendedor o su representante, además de todos los demás derechos, tendrá derecho a ingresar a las instalaciones donde puedan estar los bienes (ya sean las instalaciones del Comprador o de un tercero) y recuperar la posesión de ellos.

  1. PROPIEDAD INTELECTUAL

La venta de los Bienes o la prestación de servicios, incluidos todos los servicios técnicos y de diseño de productos, no implican ninguna licencia expresa o implícita en virtud de ninguna patente, derecho de autor, marca registrada u otros derechos de propiedad que sean propiedad del Vendedor o estén controlados por él, ya sea en relación con los productos vendidos o con cualquier proceso de fabricación u otro asunto. El Vendedor se reserva expresamente todos los derechos de propiedad intelectual. Todos los diseños, dibujos, resultados de pruebas, muestras, datos e información proporcionados por el Vendedor al Comprador siguen siendo propiedad del Vendedor.

  1. CALIDAD

10.1 El Vendedor garantiza que en el momento de la Entrega, y durante un período de 12 meses a partir de la fecha de Entrega (Período de Garantía) para productos exteriores y 24 meses para productos interiores, los Bienes:

(a) cumplir en todos los aspectos materiales con su descripción;

(b) estar libre de defectos materiales en diseño, material y mano de obra; y

(c) ser de calidad satisfactoria (en el sentido de la Ley de Venta de Bienes de 1979).

10.2 Sujeto a la cláusula 10.3, si:

(a) el Comprador notifica por escrito al Vendedor durante el período de garantía dentro de un tiempo razonable luego de descubrir que algunos o todos los Bienes no cumplen con la garantía establecida en la cláusula 10.1;

(b) se le dé al Vendedor una oportunidad razonable de examinar dichos Bienes; y

(c) el Comprador (si así se lo solicita el Vendedor) devuelve dichos Bienes al lugar de negocios del Vendedor a cargo del Comprador,

El Vendedor deberá, a su elección, reparar o reemplazar los Bienes defectuosos, o reembolsar el precio total de los Bienes defectuosos.

10.3 El Vendedor no será responsable por el incumplimiento de los Bienes con la garantía establecida en la cláusula 10.1 en cualquiera de los siguientes eventos:

(a) el Comprador haga cualquier uso adicional de dichos Bienes después de dar aviso de conformidad con la cláusula 10.2;

(b) el defecto surge porque el Comprador no siguió las instrucciones orales o escritas del Vendedor en cuanto al almacenamiento, puesta en servicio, instalación, uso, frecuencia de uso y mantenimiento de los Bienes o (si no existen) las buenas prácticas comerciales con respecto a los mismos;

(c) el defecto surge como resultado de que el Vendedor siga cualquier dibujo, diseño o especificación suministrado por el Comprador;

(d) el Comprador daña los Bienes como resultado del proceso de almacenamiento, prueba, fabricación o instalación o altera o repara dichos Bienes sin el consentimiento por escrito del Vendedor;

(e) el defecto surge como resultado del uso y desgaste normal, daño intencional, negligencia o condiciones anormales de almacenamiento o trabajo;

(f) los Bienes difieren de su descripción o cualquier especificación proporcionada por el Comprador al Vendedor como resultado de cambios realizados para garantizar que cumplan con los requisitos reglamentarios o legales aplicables; o

(g) en el caso de que los componentes electrónicos exteriores hayan sido sometidos a lavado a presión, limpieza con ácido, productos químicos o chorro de arena.

10.4 Salvo lo dispuesto en esta cláusula 10, el Vendedor no tendrá ninguna responsabilidad ante el Comprador con respecto al incumplimiento de los Bienes con la garantía establecida en la cláusula 10.1.

10.5 Los términos implícitos en las secciones 13 a 15 de la Ley de Venta de Bienes de 1979 quedan, en la máxima medida permitida por la ley, excluidos del Contrato.

10.6 Estas Condiciones se aplicarán a cualquier Bien reparado o de reemplazo suministrado por el Vendedor.

  1. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

11.1 Nada de lo dispuesto en estas Condiciones limitará o excluirá la responsabilidad del Vendedor por:

(a) muerte o lesiones personales causadas por su negligencia, o la negligencia de sus empleados, agentes o subcontratistas (según corresponda);

(b) fraude o tergiversación fraudulenta;

(c) incumplimiento de los términos implícitos en la sección 12 de la Ley de Venta de Bienes de 1979;

(d) productos defectuosos según la Ley de Protección al Consumidor de 1987; o

(e) cualquier asunto respecto del cual sería ilegal que el Proveedor excluya o restrinja la responsabilidad.

11.2 Sujeto a la cláusula 11.1, el Vendedor no será responsable bajo ninguna circunstancia ante el Comprador, ya sea por contrato, agravio (incluyendo negligencia), incumplimiento de la obligación legal o de otro modo, por:

(a) cualquier pérdida de beneficios; o

(b) cualquier pérdida indirecta o consecuente,

que surja del Contrato o en relación con él.

11.3 La responsabilidad total del Vendedor hacia el Comprador con respecto a todas las demás pérdidas que surjan de o en conexión con el Contrato, ya sea por contrato, agravio (incluida negligencia), incumplimiento de una obligación legal o de otro modo, no excederá bajo ninguna circunstancia tres veces el precio de los Bienes.

  1. INSOLVENCIA

12.1 Si el Comprador queda sujeto a cualquiera de los eventos enumerados en la cláusula 12.2, o el Vendedor cree razonablemente que el Comprador está a punto de quedar sujeto a cualquiera de ellos y notifica al Comprador en consecuencia, entonces, sin limitar cualquier otro derecho o recurso disponible para el Vendedor, el Vendedor puede cancelar o suspender todas las entregas adicionales bajo el Contrato o bajo cualquier otro contrato entre el Comprador y el Vendedor sin incurrir en ninguna responsabilidad ante el Comprador, y todas las sumas pendientes con respecto a los Bienes entregados al Comprador vencerán de inmediato.

12.2 Para los efectos de la cláusula 12.1, los eventos relevantes son:

(a) el Comprador suspende, o amenaza con suspender, el pago de sus deudas, o no puede pagar sus deudas a su vencimiento o admite su incapacidad para pagar sus deudas, o (siendo una empresa) se considera incapaz de pagar sus deudas en el sentido de la sección 123 de la Ley de Insolvencia de 1986, o (siendo un individuo) se considera incapaz de pagar sus deudas o que no tiene perspectivas razonables de hacerlo, en cualquier caso, en el sentido de la sección 268 de la Ley de Insolvencia de 1986, o (siendo una sociedad) tiene algún socio al que se aplique cualquiera de los puntos anteriores;

(b) el Comprador inicia negociaciones con todos o cualquier clase de sus acreedores con miras a reprogramar cualquiera de sus deudas, o hace una propuesta o entra en cualquier compromiso o acuerdo con sus acreedores excepto (cuando el Comprador sea una empresa) cuando estos eventos ocurren con el único propósito de un plan para una fusión solvente del Comprador con una o más otras empresas o la reconstrucción solvente del Comprador;

(c) (siendo una empresa) se presenta una petición, se da un aviso, se aprueba una resolución o se emite una orden, para o en conexión con la liquidación del Comprador, excepto con el único propósito de un plan para una fusión solvente del Comprador con una o más otras empresas o la reconstrucción solvente del Comprador;

(d) (siendo un individuo) el Comprador es objeto de una petición o una orden de quiebra;

(e) un acreedor o acreedor hipotecario del Comprador embarga o toma posesión de, o se aplica o ejecuta un embargo, ejecución, secuestro u otro proceso similar sobre, la totalidad o parte de sus activos y dicho embargo o proceso no se levanta dentro de los 21 días;

(f) (siendo una empresa) se presenta una solicitud al tribunal, o se emite una orden, para el nombramiento de un administrador o si se da un aviso de intención de nombrar un administrador o si se designa un administrador para el Comprador;

(g) (siendo una empresa) un titular de una carga flotante sobre los activos del Comprador ha adquirido el derecho a designar o ha designado un receptor administrativo;

(h) una persona adquiere derecho a designar un síndico sobre los activos del Comprador o se designa un síndico sobre los activos del Comprador;

(i) ocurre cualquier evento o se inicia cualquier procedimiento con respecto al Comprador en cualquier jurisdicción a la que esté sujeto que tenga un efecto equivalente o similar a cualquiera de los eventos mencionados en la cláusula 12.2 (a) a la cláusula 12.2 (h) (inclusive);

(j) el Comprador suspende, amenaza con suspender, cesa o amenaza con cesar la realización de todo o casi todo su negocio;

(k) la situación financiera del Comprador se deteriora hasta tal punto que, en opinión del Vendedor, se ha puesto en peligro la capacidad del Comprador para cumplir adecuadamente sus obligaciones en virtud del Contrato; y

(l) (siendo una persona física) el Comprador muere o, por causa de enfermedad o incapacidad (ya sea mental o física), es incapaz de administrar sus propios asuntos o se convierte en paciente bajo cualquier legislación de salud mental.

12.3 La rescisión del Contrato, independientemente de cómo se produzca, no afectará a ninguno de los derechos y recursos de las partes que se hayan acumulado al momento de la rescisión. Las cláusulas que, expresa o implícitamente, sobrevivan a la rescisión del Contrato continuarán en pleno vigor y efecto.

  1. CAMBIO DE CONTROL

13.1 En esta cláusula 13, se aplican las siguientes definiciones:

Control: en relación con una persona jurídica, el poder de una persona para garantizar que los asuntos de la persona jurídica se lleven a cabo de conformidad con los deseos de esa persona (o personas):

(a) mediante la tenencia de acciones, o la posesión de poder de voto, en o en relación con esa o cualquier otra persona jurídica; o

(b) en virtud de cualquier poder conferido por los documentos constitutivos o corporativos, o cualquier otro documento que regule a esa o a cualquier otra entidad corporativa,

y un Cambio de control se produce si una persona que controla una entidad corporativa deja de hacerlo o si otra persona adquiere el control de la misma.

13.2 Si se produce un cambio de control del Comprador, el Vendedor tendrá derecho a rescindir o modificar con efecto inmediato cualquier término de crédito previamente otorgado por el Vendedor al Comprador.

13.3 El Comprador deberá informar al Vendedor por escrito si ocurre un Cambio de Control con respecto al Comprador dentro de los 5 días hábiles siguientes a dicho Cambio de Control.

13.4 El Comprador deberá indemnizar y mantener indemnizado al Vendedor contra cualquier pérdida, daño, costo o gasto incurrido por el Vendedor en caso de que el Comprador no notifique al Vendedor sobre un Cambio de Control según la cláusula 13.3.

  1. REGLAMENTO RAEE

14.1 Con respecto a todos los Bienes suministrados por el Vendedor que están sujetos a las Regulaciones de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos de 2006 (enmendadas periódicamente) (Normativa sobre RAEE) el Comprador será responsable de todas las obligaciones por la recolección, tratamiento, recuperación y eliminación ambientalmente adecuada de todos esos Bienes en la medida en que se conviertan en equipos eléctricos o electrónicos de desecho en cualquier momento después de la compra por parte del Comprador.

14.2 El Comprador indemnizará al Vendedor por todos los costos, reclamos, responsabilidades y daños incurridos por el Vendedor en relación con cualquier responsabilidad bajo las Regulaciones RAEE en relación con los Bienes comprados por el Comprador.

  1. ASIGNACIÓN

El Vendedor podrá en cualquier momento ceder, transferir, gravar, subcontratar o negociar de cualquier otra manera todos o cualquiera de sus derechos u obligaciones en virtud del Contrato. El Comprador no podrá ceder, transferir, gravar, subcontratar o negociar de ninguna manera todos o cualquiera de sus derechos u obligaciones en virtud del Contrato sin el consentimiento previo por escrito del Vendedor.

  1. FUERZA MAYOR

El Vendedor no será responsable ante el Comprador de ninguna manera ni se considerará que ha incumplido el Contrato debido a cualquier demora en el cumplimiento o cualquier incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato si la demora o el incumplimiento se debió a cualquier causa fuera del control razonable del Vendedor.Evento de fuerza mayor).

17.

Cada disposición de estos términos se considerará una cláusula independiente y la inaplicabilidad de una disposición no afectará en modo alguno la aplicabilidad de las demás. Si alguna disposición se considera inaplicable, el órgano judicial competente interpretará dicha disposición limitándola o reduciéndola al mínimo necesario para que sea legalmente aplicable.

  1. DERECHOS DE TERCEROS

Una persona que no sea parte de un contrato no tendrá ningún derecho en virtud del mismo.

  1. AVISOS

19.1 Cualquier notificación u otra comunicación dada a una parte bajo o en conexión con el Contrato deberá ser por escrito, dirigida a esa parte a su domicilio social (si es una empresa) o su lugar principal de negocios (en cualquier otro caso) o cualquier otra dirección que esa parte haya especificado a la otra parte por escrito de conformidad con esta cláusula, y deberá ser entregada personalmente, enviada por correo de primera clase prepago, entrega certificada, mensajería comercial o correo electrónico.

19.2 Se considerará que una notificación u otra comunicación ha sido recibida: si se entrega personalmente, cuando se deja en la dirección mencionada en la cláusula 19.1; si se envía por correo de primera clase con franqueo pagado o por correo certificado, a las 9:00 a. m. del segundo Día Hábil después del envío; si se entrega por mensajería comercial, en la fecha y hora en que se firme el recibo de entrega del mensajero; o, si se envía por correo electrónico, un Día Hábil después de la transmisión, siempre que cuando la notificación se envíe por correo electrónico, el remitente no retire el correo electrónico ni reciba ninguna notificación de falta de entrega.

19.3 Las disposiciones de esta cláusula no se aplicarán a la notificación de ningún procedimiento ni de otros documentos en ninguna acción legal.

  1.       LEY QUE RIGE

Estas condiciones se interpretarán y regirán de acuerdo con la legislación inglesa y cualquier disputa o diferencia que surja entre el Vendedor y el Comprador con respecto a ellas se someterá a la jurisdicción exclusiva de los tribunales ingleses.